CO · Control de vencimientos y renovaciones

Que la revisión periódica de su instalación de gas no se le venza

Las instalaciones de gas deben pasar una revisión periódica por un organismo acreditado por el ONAC dentro de los plazos de la Resolución CREG 059 de 2012 (numeral 3.1 de la Resolución 90902 de 2013). El usuario la costea; termina en un certificado de conformidad y un defecto crítico suspende el suministro.

La Resolución 90902 de 2013 del Ministerio de Minas y Energía expidió el Reglamento Técnico de las instalaciones para suministro de gas combustible en edificaciones residenciales, comerciales e industriales. Su objeto es establecer los requisitos de las etapas de diseño, construcción y mantenimiento de esas instalaciones para prevenir riesgos de seguridad y proteger la vida y la salud, y fijar las obligaciones de los organismos de certificación e inspección acreditados (numeral 1). Se aplica a la evaluación de la conformidad con ocasión de la revisión previa, la revisión periódica, la reforma o la revisión por solicitud del usuario (numeral 2).

La revisión periódica es una actividad de inspección de las instalaciones en servicio, correspondiente a la etapa de mantenimiento. Debe realizarla un organismo de certificación acreditado o un organismo de inspección acreditado por el ONAC para esta actividad, y dentro de los plazos determinados en la Resolución CREG 059 de 2012 o aquella que la modifique o sustituya (numeral 3.1, definiciones). Según el Código de Distribución que la resolución cita, el usuario debe realizar la revisión periódica entre el plazo mínimo y el plazo máximo de revisión periódica, con organismos de inspección acreditados o con la empresa distribuidora, el costo de la revisión está a cargo del usuario y el distribuidor es responsable de verificar el cumplimiento de esta obligación (numeral 5.23 del Anexo General de la Resolución CREG 067 de 1995, modificado por la Resolución CREG 059 de 2012, citado en los considerandos).

En edificaciones residenciales y comerciales, la revisión periódica sigue el procedimiento único de inspección del Anexo 2 del Reglamento (numeral 4.3) y la conformidad se demuestra con un certificado de conformidad o informe de resultados de inspección expedido por un organismo acreditado por el ONAC, firmado por el certificador, con copia al usuario (numeral 4.4). En edificaciones industriales, la revisión periódica verifica que exista y se mantenga vigente un programa de mantenimiento de la planta que incluya, como mínimo, pruebas de hermeticidad y de presión de las tuberías, verificación de las medidas contra la corrosión y pruebas de puesta a tierra (numeral 5.3), y termina igualmente en un certificado de conformidad (numeral 5.4).

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De un vistazo

Qué esInspección de las instalaciones en servicio, en la etapa de mantenimiento (numeral 3.1 de la Resolución 90902 de 2013)
CuándoDentro de los plazos de la Resolución CREG 059 de 2012 o la norma que la sustituya: entre el plazo mínimo y el plazo máximo de revisión periódica (numeral 3.1; numeral 5.23 del Código de Distribución citado en los considerandos)
Quién la haceUn organismo de certificación o de inspección acreditado por el ONAC, o la empresa distribuidora directamente como organismo acreditado o a través de contratistas acreditados (numeral 3.1; considerandos)
ResultadoCertificado de conformidad o informe de resultados de inspección firmado por el certificador, con copia al usuario (numerales 4.4 y 5.4)
Edificaciones industrialesSe verifica un programa de mantenimiento vigente con pruebas de hermeticidad, presión, control de corrosión y puesta a tierra (numeral 5.3)
CostoA cargo del usuario (numeral 5.23 del Código de Distribución, citado en los considerandos)
VigilanciaSuperintendencia de Industria y Comercio y alcaldes sobre el Reglamento; Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios sobre la realización de la revisión periódica por los distribuidores (artículo 3)

Los plazos mínimo y máximo concretos los fija la Resolución CREG 059 de 2012 o la norma que la sustituya; confirme con su distribuidor la fecha límite que aplica a cada instalación y regístrela como vencimiento.

¿Quién es responsable?

El usuario de la instalación: debe realizar la revisión periódica dentro del plazo y asumir su costo; el distribuidor es responsable de verificar el cumplimiento de esa obligación (numeral 5.23 del Código de Distribución, citado en los considerandos de la Resolución 90902 de 2013). La inspección la ejecuta un organismo acreditado por el ONAC (numeral 3.1).

Si vence el plazo

La Resolución 90902 de 2013 asigna la vigilancia y control del Reglamento Técnico a la Superintendencia de Industria y Comercio y, en sus jurisdicciones, a los alcaldes, y la vigilancia de la realización de la revisión periódica por parte de las empresas distribuidoras a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (artículo 3). Además, cuando la inspección encuentra un defecto crítico, el Reglamento prevé la suspensión inmediata del suministro de gas al usuario por parte del distribuidor (numeral 3.1, definición de defecto crítico). Las consecuencias concretas de no hacer la revisión dentro del plazo máximo están en la regulación de la CREG, no en esta resolución.

Detector de monóxido de carbono

Con ocasión de la revisión periódica, y cuando se instalen artefactos a gas adicionales, se debe informar al usuario sobre la posibilidad de dotar la instalación con un dispositivo detector de monóxido de carbono; la decisión de instalarlo corresponde libremente al usuario (artículo 1 de la Resolución 90902 de 2013).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Agregue cada instalación (sede, local, planta o inmueble con suministro de gas) como un registro y anote como vencimiento la fecha límite de la revisión periódica que le informe el distribuidor o que figure en su certificado de conformidad.
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día, con tiempo para contratar al organismo de inspección acreditado y, si hay hallazgos, corregirlos antes de la fecha límite.
  3. El administrador del inmueble o el organismo de inspección puede subir el nuevo certificado de conformidad a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
  4. Asigne como responsable al jefe de mantenimiento o al administrador de la sede; si una revisión se vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se hace la revisión periódica de la instalación de gas?
Dentro de los plazos determinados en la Resolución CREG 059 de 2012 o la norma que la modifique o sustituya, entre el plazo mínimo y el plazo máximo de revisión periódica (numeral 3.1 de la Resolución 90902 de 2013 y numeral 5.23 del Código de Distribución citado en sus considerandos). Confirme con su distribuidor la fecha límite de cada instalación.
¿Quién puede hacer la revisión?
Un organismo de certificación acreditado o un organismo de inspección acreditado por el ONAC para esta actividad; también la empresa distribuidora, directamente como organismo acreditado o a través de sus contratistas acreditados (numeral 3.1; numeral 5.23 del Código de Distribución citado en los considerandos).
¿Quién paga la revisión?
El costo de la revisión periódica está a cargo del usuario (numeral 5.23 del Código de Distribución, citado en los considerandos de la Resolución 90902 de 2013).
¿Qué documento queda al terminar?
Un certificado de conformidad o informe de resultados de inspección expedido por el organismo acreditado, firmado por el certificador, con copia para el usuario (numerales 4.4 y 5.4 de la Resolución 90902 de 2013).
¿Qué cambia en una planta industrial?
En edificaciones industriales la revisión periódica verifica que exista y se mantenga vigente un programa de mantenimiento que incluya, como mínimo, pruebas de hermeticidad y de presión de las tuberías, verificación de las medidas contra la corrosión y pruebas de puesta a tierra (numeral 5.3).

Fuentes

Última comprobación: 7 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

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Avisos a tiempo

Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada revisión periódica de la instalación interna de gas (Colombia), con escalada a responsables si está vencido.

Asigne un responsable

Asigne un responsable a cada revisión periódica de la instalación interna de gas (Colombia) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.