MX · Control de vencimientos y renovaciones
Que la evaluación NOM-035 de cada centro de trabajo no se pase de fecha
Los centros de trabajo con más de 15 trabajadores identifican los factores de riesgo psicosocial, y los de más de 50 evalúan además el entorno organizacional, al menos cada dos años (NOM-035-STPS-2018, numerales 5.2, 5.3 y 7.9). El patrón conserva los registros y la STPS comprueba la periodicidad (numerales 10.4 y 11).
La Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, publicada en el DOF el 23 de octubre de 2018, rige en todo el territorio nacional y se aplica a todos los centros de trabajo, con obligaciones distintas según el número de trabajadores (numeral 2). Los centros de 16 a 50 trabajadores deben identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores; los de más de 50 deben, además, evaluar el entorno organizacional, y pueden hacerlo con una muestra representativa (numerales 5.2, 5.3 y 7.1).
La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deben realizarse, al menos, cada dos años (numeral 7.9). El resultado debe constar en un informe, estar disponible para consulta de los trabajadores e integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo de la NOM-030-STPS-2009 (numerales 7.6 a 7.8).
El patrón puede contratar, si lo desea, una unidad de verificación acreditada y aprobada; su dictamen tiene una vigencia de dos años, siempre que no cambien las condiciones que sirvieron para emitirlo (numerales 9.1 y 9.4).
De un vistazo
| Periodicidad | Al menos cada dos años (numeral 7.9) |
|---|---|
| Hasta 15 trabajadores | Sin identificación ni evaluación periódica; sí política de prevención, medidas de prevención, atención de acontecimientos traumáticos severos y difusión (numerales 2, inciso a), 5.1, 5.4, 5.5 y 5.7) |
| 16 a 50 trabajadores | Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial con todos los trabajadores (numerales 5.2 y 7.1, inciso a)) |
| Más de 50 trabajadores | Además, evaluación del entorno organizacional; se admite muestra representativa (numerales 5.3 y 7.1, inciso b)) |
| Resultado | Informe con el contenido del numeral 7.7, disponible para los trabajadores (numeral 7.8) |
| Dictamen de unidad de verificación | Opcional; vigencia de dos años si no cambian las condiciones (numerales 9.1 y 9.4) |
| Conservación de registros | Al menos un año desde su elaboración (numeral 10.4) |
¿Quién es responsable?
El patrón: debe identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y, si tiene más de 50 trabajadores, evaluar el entorno organizacional, y llevar los registros de los resultados (numerales 5.2, 5.3 y 5.8). Los trabajadores deben participar en la identificación y, en su caso, en la evaluación (numeral 6.3).
Si vence el plazo
La vigilancia del cumplimiento corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (numeral 11). En las visitas de inspección de la autoridad laboral, el cumplimiento se comprueba con evidencia documental o entrevistas, entre otras cosas sobre la periodicidad del numeral 7.9 (numerales 10.1 y 10.2). Si han pasado más de dos años desde la última identificación y análisis, el centro de trabajo deja de cumplir ese numeral.
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Agrega cada centro de trabajo y registra como fecha de vencimiento dos años después de la última identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial (y, con más de 50 trabajadores, de la evaluación del entorno organizacional).
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día.
- El consultor o la unidad de verificación puede subir el nuevo informe o dictamen a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
- Asigna un responsable, por ejemplo el área de recursos humanos o de seguridad y salud; si la evaluación vence, los gerentes reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cada cuánto hay que aplicar la NOM-035?
- La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deben realizarse al menos cada dos años (numeral 7.9 de la NOM-035-STPS-2018).
- ¿Aplica si mi centro de trabajo tiene 15 trabajadores o menos?
- Sí, pero solo los numerales 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2: política de prevención, medidas de prevención, atención de acontecimientos traumáticos severos y difusión. La identificación y análisis periódicos corresponden a centros de 16 trabajadores o más (numeral 2).
- ¿Necesito una unidad de verificación?
- No es obligatoria: el patrón tiene la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada (numeral 9.1). Si lo hace, el dictamen vale dos años mientras no cambien las condiciones (numeral 9.4).
- ¿Qué debe incluir el informe?
- Datos del centro de trabajo, objetivo, principales actividades, método utilizado, resultados, conclusiones, recomendaciones y acciones de intervención, en su caso, y datos del responsable de la evaluación (numeral 7.7).
Fuentes
Última comprobación: 3 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
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Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada evaluación de riesgo psicosocial y entorno organizacional (NOM-035) (México), con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada evaluación de riesgo psicosocial y entorno organizacional (NOM-035) (México) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.