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Que ninguna informativa cuatrimestral al INFONAVIT se quede sin presentar
Las contratistas inscritas en el REPSE informan al INFONAVIT sus contratos de servicios u obras especializadas cada cuatrimestre, a más tardar el 17 de enero, mayo y septiembre (Ley del INFONAVIT, artículo 29 Bis). La contratante es responsable solidaria si incumplen, y el Instituto puede multar (artículo 55).
Las personas físicas o morales registradas conforme al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para prestar servicios especializados o ejecutar obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria deben proporcionar al INFONAVIT, cuatrimestralmente y a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate (Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, artículo 29 Bis, primer párrafo).
La información comprende: a) datos generales; b) contratos de servicio; c) montos de las aportaciones y amortizaciones; d) información de los trabajadores; e) determinación del salario base de aportación, y f) copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Los requisitos y las fechas de presentación deben cumplirse conforme a los procedimientos que el Instituto publique a través de medios electrónicos (artículo 29 Bis, incisos a) a f) y párrafo segundo).
Esta obligación es paralela a la informativa ICSOE ante el IMSS, que tiene las mismas fechas (Ley del Seguro Social, artículo 15 A, párrafo tercero). La empresa que contrata servicios u obras con una contratista que incumpla las obligaciones de la Ley del INFONAVIT es responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados (Ley del INFONAVIT, artículo 29 Bis, párrafo tercero), y solo puede subcontratar servicios u obras especializadas con contratistas registradas en el padrón de la STPS (Ley Federal del Trabajo, artículo 13). El INFONAVIT y la STPS celebran convenios de colaboración y el Instituto informa a la STPS los incumplimientos para los efectos previstos en la Ley Federal del Trabajo (artículo 29 Bis, párrafos cuarto y quinto).
De un vistazo
| Quién la presenta | La persona física o moral registrada en el padrón de la STPS (REPSE) que presta servicios especializados o ejecuta obras especializadas (Ley del INFONAVIT, artículo 29 Bis) |
|---|---|
| Periodicidad | Cuatrimestral: a más tardar el 17 de enero, el 17 de mayo y el 17 de septiembre (artículo 29 Bis, primer párrafo) |
| Contenido | Datos generales, contratos de servicio, montos de aportaciones y amortizaciones, información de los trabajadores, determinación del salario base de aportación y copia simple del registro de la STPS (artículo 29 Bis, incisos a) a f)) |
| Procedimiento | Conforme a los procedimientos que el INFONAVIT publique por medios electrónicos (artículo 29 Bis, párrafo segundo) |
| Obligación gemela | Informativa ICSOE ante el IMSS, con las mismas fechas (Ley del Seguro Social, artículo 15 A) |
| Contratante | Responsable solidaria si la contratista incumple (artículo 29 Bis, párrafo tercero) |
¿Quién es responsable?
La contratista registrada ante la STPS es quien debe proporcionar la información al INFONAVIT en las fechas señaladas (Ley del INFONAVIT, artículo 29 Bis, primer párrafo). La empresa beneficiaria de los servicios es responsable solidaria respecto de los trabajadores utilizados si la contratista incumple las obligaciones de esa ley (artículo 29 Bis, párrafo tercero), por lo que conviene que pida a sus proveedores el comprobante de cada presentación.
Si vence el plazo
Independientemente de las sanciones específicas de la ley, las infracciones a la Ley del INFONAVIT que los patrones cometan en perjuicio de sus trabajadores o del Instituto se castigan con multa, impuesta por el Instituto conforme a los reglamentos respectivos (Ley del INFONAVIT, artículo 55, párrafos primero y tercero). Además, el Instituto informa a la STPS los incumplimientos del artículo 29 Bis para los efectos previstos en la Ley Federal del Trabajo (artículo 29 Bis, párrafo quinto), y la STPS puede negar o cancelar en cualquier momento el registro REPSE de quien no cumpla los requisitos de esa ley (Ley Federal del Trabajo, artículo 15, último párrafo).
Misma fecha que el ICSOE: conviene seguirlas juntas
La Ley del INFONAVIT (artículo 29 Bis) y la Ley del Seguro Social (artículo 15 A) fijan la misma fecha límite: el día 17 de enero, mayo y septiembre. Si registras en ExpirySuite ambas informativas con el mismo responsable, un solo calendario cubre las dos obligaciones. Esta página describe únicamente lo que dice la ley; los pasos concretos del sistema del INFONAVIT se publican por medios electrónicos del propio Instituto.
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Agrega un registro por cada contratista obligada (tu propia empresa, si prestas servicios especializados) y anota como fecha de vencimiento el próximo plazo: 17 de mayo, 17 de septiembre o 17 de enero. Al presentar la informativa, actualiza la fecha al siguiente cuatrimestre.
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del plazo y el mismo día.
- La contratista o tu área de nóminas puede subir el comprobante de presentación a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
- Asigna un responsable, por ejemplo el área de nóminas o de cumplimiento; si el plazo pasa sin comprobante, los gerentes reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se presenta la informativa al INFONAVIT?
- Cuatrimestralmente, a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre, con la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate (Ley del INFONAVIT, artículo 29 Bis, primer párrafo).
- ¿Quién está obligado?
- Las personas físicas o morales registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (padrón REPSE) que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad preponderante de la beneficiaria (artículo 29 Bis, primer párrafo).
- ¿Qué información se entrega?
- Datos generales; contratos de servicio; montos de las aportaciones y amortizaciones; información de los trabajadores; determinación del salario base de aportación, y copia simple del registro emitido por la STPS (artículo 29 Bis, incisos a) a f)). Los requisitos y fechas se cumplen conforme a los procedimientos que el Instituto publica por medios electrónicos (párrafo segundo).
- ¿Es la misma obligación que el ICSOE del IMSS?
- No, son dos obligaciones distintas ante dos institutos, aunque con las mismas fechas límite: la del IMSS está en el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social y la del INFONAVIT en el artículo 29 Bis de su ley.
- ¿Qué consecuencias tiene no presentarla?
- Las infracciones a la Ley del INFONAVIT cometidas por los patrones en perjuicio de sus trabajadores o del Instituto se castigan con multa (artículo 55), y el Instituto informa a la STPS los incumplimientos del artículo 29 Bis (párrafo quinto). Además, la contratante es responsable solidaria respecto de los trabajadores utilizados (párrafo tercero).
Fuentes
- Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, artículos 29 Bis y 55 (Cámara de Diputados, texto vigente, última reforma DOF 21-02-2025)
- Ley del Seguro Social, artículo 15 A (Cámara de Diputados, texto vigente, última reforma DOF 15-01-2026)
- Ley Federal del Trabajo, artículos 13 a 15 (Cámara de Diputados, texto vigente, última reforma DOF 14-05-2026)
Última comprobación: 10 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
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Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada informe cuatrimestral de servicios especializados ante el INFONAVIT (SISUB) (México), con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada informe cuatrimestral de servicios especializados ante el INFONAVIT (SISUB) (México) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.