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Que el certificado del curso de 50 horas del SG-SST no pierda vigencia

Quien ejecuta o coordina el SG-SST debe aprobar el curso virtual de 50 horas (artículo 2.2.4.6.35 del Decreto 1072 de 2015) y mantenerlo vigente con una actualización de 20 horas cada tres años (artículo 16 de la Resolución 4927 de 2016). No hay plazo de gracia; la responsabilidad sigue siendo del empleador.

Los responsables de la ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) deben realizar el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas sobre el SG-SST que defina el Ministerio del Trabajo y obtener el certificado de aprobación (artículo 2.2.4.6.35 del Decreto 1072 de 2015). El empleador debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo con el perfil que fijen la normatividad vigente y los estándares mínimos (artículo 2.2.4.6.8, numeral 10). La Resolución 4927 de 2016 del Ministerio del Trabajo define los parámetros para desarrollar, certificar y registrar esta capacitación virtual gratuita (artículo 1) y precisa que el curso es obligatorio para todas las personas que ejecuten, coordinen o implementen el sistema, en cualquier clase de empresa, aunque cuenten con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo (artículo 14, parágrafo 1).

Para mantener vigente la certificación del curso virtual, las personas deben realizar una actualización certificada de veinte (20) horas cada tres (3) años, con los temarios o módulos que establezca la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo (artículo 16 de la Resolución 4927 de 2016). El curso lo imparten de manera obligatoria las Administradoras de Riesgos Laborales y, de manera potestativa, el SENA, las cajas de compensación familiar, instituciones de educación y otras entidades (artículo 3), que solo pueden ofrecerlo y expedir certificados mientras su inscripción en el registro del Ministerio esté vigente (artículo 9). El certificado debe indicar, entre otros datos, el número de registro del oferente, la persona capacitada, la ciudad y fecha de otorgamiento y las horas cursadas (artículo 11), y el oferente debe registrarlo en el aplicativo del Ministerio dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la finalización del curso; el certificado no registrado no es reconocido por el Ministerio (artículo 12).

La Resolución 0312 de 2019 (Estándares Mínimos del SG-SST) exige el curso virtual de cincuenta (50) horas, junto con la licencia vigente en SST, a quienes diseñan el sistema en empresas de cualquier tamaño (artículos 4, 10 y 17), permite que quienes solo tienen el curso administren y ejecuten el sistema en empresas de diez o menos trabajadores de riesgo I, II o III sin diseñarlo (artículo 4), y exige el curso a las personas que asesoran o asisten en SST a los contratistas (artículo 23). Entre los estándares que se verifican está que el responsable del SG-SST haya realizado el curso, para lo cual se solicita el certificado de aprobación a su nombre (tabla de estándares del artículo 16).

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De un vistazo

Quién lo necesitaLos responsables de la ejecución del SG-SST (artículo 2.2.4.6.35 del Decreto 1072 de 2015) y todas las personas que ejecuten, coordinen o implementen el sistema, aunque tengan licencia en SST (artículo 14, parágrafo 1, de la Resolución 4927 de 2016)
Curso inicialCapacitación virtual de cincuenta (50) horas, gratuita (artículos 1 y 4 de la Resolución 4927 de 2016)
MantenimientoActualización certificada de veinte (20) horas cada tres (3) años (artículo 16)
Quién lo imparteObligatoriamente las ARL; de forma potestativa SENA, cajas de compensación, instituciones educativas y otras entidades registradas ante el Ministerio del Trabajo (artículos 3 y 9)
Registro del certificadoEl oferente lo registra en el aplicativo del Ministerio dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la finalización del curso (artículo 12)
Quién verificaMinisterio del Trabajo (artículo 17); las ARL ejercen vigilancia delegada del capítulo del SG-SST (artículo 2.2.4.6.36, parágrafo, del Decreto 1072 de 2015)

La Resolución 4927 de 2016 fija la actualización cada tres años, pero no dice expresamente desde qué fecha se cuentan; la fecha del certificado es la referencia práctica para el seguimiento.

¿Quién es responsable?

La persona que ejecuta, coordina o implementa el SG-SST debe aprobar el curso y sus actualizaciones (artículos 14 y 16 de la Resolución 4927 de 2016). La responsabilidad del sistema corresponde al empleador o contratante y no se traslada al responsable designado (artículos 14, parágrafo 3, y 15), y el empleador debe garantizar personal responsable con el perfil exigido (artículo 2.2.4.6.8, numeral 10, del Decreto 1072 de 2015), por lo que conviene que la empresa siga también la fecha de actualización de cada certificado. Los oferentes deben registrar los certificados en el aplicativo del Ministerio (artículo 12).

Si vence el plazo

Según el artículo 16 de la Resolución 4927 de 2016, la actualización de veinte horas es la condición para mantener vigente la certificación; la resolución no prevé un plazo de gracia. El incumplimiento del capítulo del SG-SST se sanciona en los términos del artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 (artículo 2.2.4.6.36 del Decreto 1072 de 2015), y la inspección, vigilancia y control de la Resolución 4927 corresponde al Ministerio del Trabajo (artículo 17). El incumplimiento de los Estándares Mínimos se sanciona en los mismos términos (artículo 36 de la Resolución 0312 de 2019).

El certificado solo cuenta si está registrado

Un certificado que el oferente no registró en el aplicativo del Ministerio del Trabajo no es reconocido (artículo 12 de la Resolución 4927 de 2016). Además de anotar la fecha de la actualización, conviene comprobar que el certificado figure en el registro que el Ministerio publica (artículo 13).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Agregue un registro por cada persona que ejecuta, coordina o diseña el SG-SST y anote como fecha de vencimiento tres años después de la fecha de su último certificado (curso de 50 horas o actualización de 20 horas).
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día, con tiempo para inscribirse en la actualización de 20 horas con la ARL u otro oferente registrado.
  3. La persona capacitada puede subir el nuevo certificado a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta; después, actualice la fecha de vencimiento a tres años desde ese certificado.
  4. Asigne como responsable al área de talento humano o al encargado del SG-SST; si la fecha pasa sin actualización, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto hay que actualizar el curso de 50 horas?
Para mantener vigente la certificación hay que realizar una actualización certificada de veinte (20) horas cada tres (3) años, con los temarios que establezca la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo (artículo 16 de la Resolución 4927 de 2016).
Si ya tengo licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, ¿debo hacer el curso?
Sí. El curso virtual es obligatorio para todas las personas que ejecuten, coordinen o implementen el sistema, en cualquier clase de empresa, sin importar que cuenten con la licencia (artículo 14, parágrafo 1, de la Resolución 4927 de 2016). La Resolución 0312 de 2019 exige ambos, licencia vigente y curso, a quienes diseñan el sistema (artículos 4, 10 y 17).
¿Quién puede dictar el curso?
Las Administradoras de Riesgos Laborales de manera obligatoria y, de manera potestativa, el SENA, las cajas de compensación familiar, instituciones de educación superior y de educación para el trabajo con certificación de calidad, empresas, gremios y entidades internacionales (artículo 3), siempre que estén inscritos en el registro del Ministerio del Trabajo (artículo 9 de la Resolución 4927 de 2016).
¿Basta con el curso para diseñar el SG-SST de una empresa pequeña?
No. Quien solo tiene el curso de cincuenta horas puede administrar y ejecutar el sistema en empresas de diez o menos trabajadores de riesgo I, II o III, pero no diseñarlo; el diseño exige además licencia vigente en SST y experiencia (artículo 4 de la Resolución 0312 de 2019).

Fuentes

Última comprobación: 11 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

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Avisos a tiempo

Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada curso virtual de 50 horas del SG-SST (actualización de 20 horas) (Colombia), con escalada a responsables si está vencido.

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