CO · Control de vencimientos y renovaciones

Que ninguna tarjeta de operación de su flota se venza sin aviso

Todo vehículo de transporte público de pasajeros necesita tarjeta de operación, que vale dos años (colectivo, carretera, mixto y especial) o un año (taxis) según el Decreto 1079 de 2015. La empresa pide la renovación dos meses antes del vencimiento (un mes en taxis); vencida, la autoridad puede retenerla.

La tarjeta de operación es el documento único que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público de transporte de pasajeros bajo la responsabilidad de una empresa de transporte, de acuerdo con los servicios autorizados (artículo 2.2.1.1.11.1 del Decreto 1079 de 2015). La autoridad de transporte competente la expide únicamente a los vehículos legalmente vinculados a empresas de transporte público debidamente habilitadas, de acuerdo con la capacidad transportadora fijada a cada una (artículo 2.2.1.1.11.2). La vinculación del vehículo se formaliza con el contrato entre el propietario y la empresa y se oficializa con la expedición de la tarjeta (artículo 2.2.1.1.10.2).

La tarjeta se expide por el término de dos (2) años y puede modificarse o cancelarse si cambian las condiciones exigidas a la empresa para la habilitación: así lo disponen las reglas del transporte colectivo metropolitano, distrital y municipal (artículo 2.2.1.1.11.3), del transporte de pasajeros por carretera (artículo 2.2.1.4.9.3), del transporte mixto (artículo 2.2.1.5.9.3) y del servicio especial (artículo 2.2.1.6.9.3). Para los taxis la vigencia es de un (1) año (artículo 2.2.1.3.8.3). En el servicio especial, cuando el vehículo está próximo a cumplir su tiempo de uso, la vigencia de la tarjeta no puede exceder ese tiempo (artículo 2.2.1.6.9.3, parágrafo).

Es obligación de las empresas gestionar las tarjetas de operación de la totalidad de su parque automotor, entregarlas oportunamente a los propietarios y solicitar su renovación por lo menos con dos (2) meses de anticipación a la fecha de vencimiento (artículos 2.2.1.1.11.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9). En el servicio de taxi la empresa solicita la renovación por lo menos con un (1) mes de anticipación y los propietarios le entregan la documentación por lo menos con dos (2) meses de anticipación (artículo 2.2.1.3.8.6). El conductor debe portar el original de la tarjeta y presentarla a la autoridad que la solicite (artículo 2.2.1.1.11.7).

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De un vistazo

Vigencia: colectivo, carretera, mixto y especialDos (2) años (artículos 2.2.1.1.11.3, 2.2.1.4.9.3, 2.2.1.5.9.3 y 2.2.1.6.9.3 del Decreto 1079 de 2015)
Vigencia: taxisUn (1) año (artículo 2.2.1.3.8.3)
Solicitud de renovaciónPor lo menos dos (2) meses antes del vencimiento; en taxis, la empresa la solicita un (1) mes antes y los propietarios entregan los documentos dos (2) meses antes (artículos 2.2.1.1.11.6, 2.2.1.3.8.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9)
Quién la expideLa autoridad de transporte competente; en transporte por carretera y en servicio especial, el Ministerio de Transporte (artículos 2.2.1.1.11.2, 2.2.1.4.9.2 y 2.2.1.6.9.2)
Documentos para renovarla (colectivo)Solicitud del representante legal, certificación de los contratos de vinculación, licencia de tránsito, SOAT, revisión técnico-mecánica vigente (salvo último modelo), certificación de las pólizas de responsabilidad civil y pago de derechos (artículo 2.2.1.1.11.5)
Duplicado por pérdidaNo puede tener una vigencia superior a la de la tarjeta original (artículo 2.2.1.1.11.5, parágrafo; artículo 2.2.1.6.9.8)
Devolución de tarjetas vencidasDentro de los 3 días siguientes a la entrega de la nueva en transporte colectivo; dentro de los 10 días en taxi, carretera, mixto y especial (artículos 2.2.1.1.11.6, 2.2.1.3.8.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9)
Costo del trámite para el propietarioLa empresa no puede cobrar suma alguna por la gestión de la tarjeta (artículos 2.2.1.3.8.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9)

¿Quién es responsable?

La empresa de transporte habilitada: debe gestionar las tarjetas de operación de todo su parque automotor, entregarlas oportunamente a los propietarios y solicitar su renovación con la anticipación exigida (artículos 2.2.1.1.11.6, 2.2.1.3.8.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9 del Decreto 1079 de 2015). El conductor debe portar el original (artículo 2.2.1.1.11.7).

Si vence el plazo

Las autoridades de tránsito y transporte pueden retener la tarjeta de operación en caso de vencimiento y deben remitirla a la autoridad que la expidió para la apertura de la investigación correspondiente (artículos 2.2.1.1.11.8, 2.2.1.3.8.8, 2.2.1.4.9.8 y 2.2.1.5.9.8 del Decreto 1079 de 2015). En el servicio especial, si se establece que el vehículo no tiene tarjeta o que está vencida, las autoridades de tránsito deben inmovilizar el vehículo por el tiempo requerido para clarificar los hechos (artículo 2.2.1.6.9.11). La Ley 336 de 1996 prevé multas para las conductas que violen las normas de transporte sin sanción específica (artículo 46, literal e) y la inmovilización del equipo cuando se compruebe la inexistencia o alteración de los documentos que sustentan su operación (artículo 49, literal c). En el transporte mixto en motocarro, permitir el servicio con vehículos sin tarjeta de operación o con tarjeta vencida se sanciona con multa (artículo 2.2.1.5.10.2.1, numeral 2, del Decreto 1079).

Taxis: la tarjeta de operación también condiciona el registro del conductor

Al reportar un conductor al Registro de Conductores, la empresa de taxis debe garantizar que, en el momento del registro, el SOAT, el certificado de revisión técnico-mecánica y la tarjeta de operación del vehículo estén vigentes (artículo 2.2.1.3.8.11, literal b, del Decreto 1079 de 2015).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Agregue cada vehículo vinculado como un registro y anote la fecha de vencimiento que figura en la tarjeta de operación (la tarjeta contiene, entre otros datos, la fecha de vencimiento: artículo 2.2.1.1.11.4, numeral 3).
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día; el aviso de 60 días coincide con los dos meses de anticipación con que la empresa debe solicitar la renovación.
  3. El propietario del vehículo o el responsable del trámite puede subir la tarjeta renovada a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
  4. Asigne un responsable a cada vehículo, por ejemplo el jefe de flota o el responsable jurídico de la empresa; si una tarjeta se vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la tarjeta de operación?
Dos (2) años en transporte colectivo, por carretera, mixto y especial (artículos 2.2.1.1.11.3, 2.2.1.4.9.3, 2.2.1.5.9.3 y 2.2.1.6.9.3 del Decreto 1079 de 2015) y un (1) año en taxis (artículo 2.2.1.3.8.3). Puede modificarse o cancelarse si cambian las condiciones exigidas a la empresa para la habilitación.
¿Con cuánta anticipación hay que pedir la renovación?
Por lo menos con dos (2) meses de anticipación a la fecha de vencimiento (artículos 2.2.1.1.11.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9). En taxis, la empresa la solicita por lo menos un (1) mes antes y los propietarios entregan la documentación por lo menos dos (2) meses antes (artículo 2.2.1.3.8.6).
¿Quién debe tramitarla, la empresa o el propietario?
La empresa de transporte: es su obligación gestionar las tarjetas de la totalidad del parque automotor y entregarlas oportunamente a los propietarios, sin cobrarles suma alguna por el trámite (artículos 2.2.1.1.11.6, 2.2.1.3.8.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9).
¿Qué pasa si la tarjeta está vencida?
Las autoridades de tránsito y transporte pueden retenerla y remitirla a la autoridad que la expidió para abrir la investigación correspondiente (artículos 2.2.1.1.11.8, 2.2.1.3.8.8, 2.2.1.4.9.8 y 2.2.1.5.9.8); en servicio especial, el vehículo se inmoviliza por el tiempo requerido para clarificar los hechos (artículo 2.2.1.6.9.11). La Ley 336 de 1996 prevé multas e inmovilización por infracciones a las normas de transporte (artículos 46 y 49).
¿Qué pasa con la tarjeta si cambio el vehículo de empresa?
Al solicitar la nueva tarjeta por cambio de empresa debe indicarse el número de la tarjeta anterior (artículo 2.2.1.1.11.5, numeral 1), y los originales de las tarjetas del cambio de empresa deben devolverse a la autoridad dentro de los 10 días siguientes a la entrega de las nuevas (artículos 2.2.1.3.8.6, 2.2.1.4.9.6, 2.2.1.5.9.6 y 2.2.1.6.9.9).

Fuentes

Última comprobación: 7 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

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Avisos a tiempo

Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada tarjeta de operación (Colombia), con escalada a responsables si está vencido.

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