CO · Control de vencimientos y renovaciones
Que la cédula de extranjería de su personal no se venza sin que nadie lo note
La cédula de extranjería vale lo mismo que la visa y, con visa indefinida, cinco años (artículo 12 de la Resolución 2061 de 2020). Renovarla después de los quince días calendario siguientes al vencimiento acarrea sanción económica de Migración Colombia (artículo 2.2.1.13.1 del Decreto 1067 de 2015).
La cédula de extranjería es el documento de identificación que expide la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en formato físico o digital, a los extranjeros titulares o beneficiarios de una visa con vigencia superior a tres (3) meses, con base en el registro de extranjeros (artículos 2 y 8 de la Resolución 2061 de 2020 de Migración Colombia; artículo 2.2.1.11.4.4 del Decreto 1067 de 2015). Los titulares de las visas que deben registrarse se identifican en el territorio nacional con su cédula de extranjería; los demás extranjeros, con el pasaporte vigente (artículo 2.2.1.11.4.7 del Decreto 1067). Tanto los titulares como los beneficiarios de visa superior a tres meses deben inscribirse en el registro de extranjeros dentro de los quince (15) días calendario siguientes al ingreso al país o a la expedición de la visa, si se obtuvo en Colombia (artículo 2.2.1.11.4.1), y ese mismo plazo máximo rige para solicitar la cédula (artículo 9, parágrafo 2, de la Resolución 2061). El trámite se inicia en el Formulario Único de Trámites electrónico, continúa con cita en un Punto de Atención de Trámites de Extranjería y requiere el pago de los derechos; el documento está disponible para entrega hasta diez (10) días hábiles después del pago (artículos 9 y 11).
La cédula de extranjería se expide por un término igual al de la vigencia de la visa correspondiente: la fecha de expedición es la del día en que el titular se presenta a solicitarla y el vencimiento corresponde a la vigencia de la visa otorgada; cuando la visa es indefinida, la cédula tiene una vigencia de cinco (5) años contados desde la fecha del trámite (artículo 12 y parágrafo de la Resolución 2061 de 2020). El Decreto 1067 de 2015 dispone igualmente que la cédula se expide por el término de la visa y que la expedida a quienes obtienen Visa de Residente tiene una vigencia de cinco años (artículo 2.2.1.11.4.5 y parágrafo 2). Quien hace traspaso de visa solo actualiza el registro de extranjeros si no cambian los datos de la cédula; de lo contrario debe tramitar una nueva (artículo 7 de la Resolución 2061). Para renovar la cédula tipo Residente se presenta el pasaporte o la cédula anterior (artículo 9, parágrafo 8), y el menor que cumple dieciocho años debe tramitar una nueva cédula dentro de los quince días calendario siguientes (artículo 9, parágrafo 7).
Toda persona natural o jurídica que vincule, contrate o emplee a un extranjero debe exigirle la visa que le permita desarrollar la actividad declarada y, cuando esté obligado a tramitarla, la presentación de la cédula de extranjería; también debe informar a Migración Colombia la desvinculación anticipada dentro de los quince (15) días calendario siguientes y suministrar la información que le solicite la autoridad migratoria (artículo 2.2.1.11.5.1 del Decreto 1067 de 2015). Migración Colombia impone sanciones económicas, entre otros eventos, a quien no renueve la cédula de extranjería dentro de los quince días calendario siguientes a su vencimiento (artículo 2.2.1.13.1, numeral 9), a quien vincule o emplee a un extranjero sin el cumplimiento de los requisitos migratorios o no comunique su vinculación o desvinculación (numeral 26) y a los empleadores que no faciliten la revisión de la documentación de su personal extranjero (numeral 21).
De un vistazo
| Quién debe tenerla | Extranjeros mayores de siete años, titulares o beneficiarios de una visa con vigencia superior a tres (3) meses (artículos 8 y 9 de la Resolución 2061 de 2020; artículo 2.2.1.11.4.4 del Decreto 1067 de 2015) |
|---|---|
| Vigencia | Igual a la de la visa; con visa indefinida, cinco (5) años desde el trámite (artículo 12 de la Resolución 2061); Visa de Residente, cinco años (artículo 2.2.1.11.4.5, parágrafo 2, del Decreto 1067) |
| Plazo para solicitarla | Quince (15) días calendario desde el ingreso al país o desde la expedición de la visa en Colombia (artículo 9, parágrafo 2, de la Resolución 2061; artículo 2.2.1.11.4.1 del Decreto 1067) |
| Quién la expide | Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en sus Puntos de Atención de Trámites de Extranjería (artículos 8 y 9 de la Resolución 2061) |
| Entrega | Hasta diez (10) días hábiles desde el pago de los derechos (artículo 11) |
| Cambio de visa | Nueva cédula si cambian los datos; si no, solo se actualiza el registro (artículo 7) |
| Deber del empleador | Exigir visa y cédula de extranjería; informar la desvinculación en quince días (artículo 2.2.1.11.5.1 del Decreto 1067) |
| Renovación tardía | Sanción económica por no renovar dentro de los quince días siguientes al vencimiento (artículo 2.2.1.13.1, numeral 9, del Decreto 1067) |
¿Quién es responsable?
El extranjero titular o beneficiario de la visa, que debe solicitar la cédula dentro del plazo y renovarla (artículo 9 de la Resolución 2061 de 2020; artículo 2.2.1.13.1, numeral 9, del Decreto 1067 de 2015). El empleador o contratante debe exigir la visa y la cédula de extranjería al vincular al extranjero, informar a Migración Colombia la desvinculación anticipada dentro de los quince días calendario siguientes y suministrar la información que la autoridad migratoria le solicite (artículo 2.2.1.11.5.1 del Decreto 1067), por lo que le conviene seguir el vencimiento de las cédulas de su personal extranjero.
Si vence el plazo
El extranjero que no renueva la cédula de extranjería dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su vencimiento incurre en uno de los eventos que dan lugar a sanción económica por parte de Migración Colombia, impuesta mediante resolución motivada y graduada según la gravedad, la reincidencia o la renuencia (artículos 2.2.1.13.1, numeral 9, y 2.2.1.13.2 del Decreto 1067 de 2015). El empleador que vincule, contrate o emplee a un extranjero sin el cumplimiento de los requisitos migratorios, favorezca su permanencia irregular o no comunique la vinculación o desvinculación dentro de los quince días siguientes también queda sujeto a sanción económica (artículo 2.2.1.13.1, numeral 26), lo mismo que quien no facilite la revisión de la documentación de su personal extranjero (numeral 21). El valor de las sanciones económicas lo fija el Director de Migración Colombia mediante resolución (artículo 2.2.1.11.7.20).
Dos fechas distintas: visa y cédula
La cédula se expide por el término de la visa, pero su fecha de expedición es la del día en que el titular acude al Punto de Atención (artículo 12 de la Resolución 2061 de 2020), así que la fecha impresa en la cédula es la que debe seguirse. Si la visa cambia de modo que varíen los datos de la cédula, hay que tramitar una nueva (artículo 7).
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Agregue a cada trabajador extranjero como un registro y anote como fecha de vencimiento la que aparece impresa en su cédula de extranjería; este documento no tiene un período fijo en el catálogo porque depende de la visa, así que tome la fecha del propio documento.
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día, con tiempo para que el trabajador diligencie el formulario, pida la cita y pague los derechos.
- El trabajador o el área de talento humano puede subir la copia de la nueva cédula a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta; después, actualice la fecha de vencimiento con la nueva fecha impresa.
- Asigne como responsable al área de talento humano o al encargado de migración; si la cédula se vence sin renovar, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto dura la cédula de extranjería?
- Se expide por un término igual al de la vigencia de la visa correspondiente y vence con ella; cuando la visa es indefinida, la cédula vale cinco (5) años desde la fecha del trámite (artículo 12 y parágrafo de la Resolución 2061 de 2020).
- ¿Quién está obligado a tramitarla?
- Los extranjeros mayores de siete años, titulares o beneficiarios de una visa con vigencia superior a tres (3) meses (artículos 8 y 9 de la Resolución 2061 de 2020). Quienes tienen visa de menos de tres meses pueden tramitarla voluntariamente (artículo 9, parágrafo 9).
- ¿En qué plazo debe solicitarse?
- Dentro de los quince (15) días calendario contados desde el ingreso al país o desde la expedición de la visa, si se obtuvo en Colombia (artículo 9, parágrafo 2, de la Resolución 2061 de 2020; artículo 2.2.1.11.4.1 del Decreto 1067 de 2015).
- ¿Qué pasa si se renueva tarde?
- No renovar la cédula de extranjería dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su vencimiento es uno de los eventos que dan lugar a sanción económica por parte de Migración Colombia (artículo 2.2.1.13.1, numeral 9, del Decreto 1067 de 2015).
- ¿Qué debe hacer el empleador?
- Exigir al extranjero la visa que le permita la actividad y la cédula de extranjería cuando esté obligado a tramitarla, informar a Migración Colombia la desvinculación anticipada dentro de los quince días calendario siguientes y suministrar la información que la autoridad migratoria le solicite (artículo 2.2.1.11.5.1 del Decreto 1067 de 2015).
Fuentes
- Resolución 2061 de 2020 de Migración Colombia, artículos 2, 7, 8, 9, 11 y 12 (Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores)
- Decreto 1067 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Relaciones Exteriores, artículos 2.2.1.11.4.1, 2.2.1.11.4.4, 2.2.1.11.4.5, 2.2.1.11.4.7, 2.2.1.11.5.1, 2.2.1.11.7.20, 2.2.1.13.1 y 2.2.1.13.2 (Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores)
- Migración Colombia, trámite de cédula de extranjería: requisitos, plazos y paso a paso
Última comprobación: 10 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
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Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada cédula de extranjería (Colombia), con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada cédula de extranjería (Colombia) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.