CO · Control de vencimientos y renovaciones
Que la licencia de SST de su equipo no se venza sin pedir la renovación
La Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo vale diez años y se renueva por un término igual (artículo 5 de la Resolución 754 de 2021). El titular pide la renovación en los tres meses previos al vencimiento ante la secretaría de salud que la expidió (artículos 11 y 18); no hay renovación después de esa fecha.
Las personas o empresas que prestan servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo a empleadores o trabajadores deben obtener licencia para operar esos servicios y cumplir los requisitos mínimos que determine el Ministerio de Salud y Protección Social (artículo 2.2.4.6.41 del Decreto 1072 de 2015). La Resolución 754 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social establece el procedimiento y los requisitos que las personas naturales y jurídicas deben acreditar ante las secretarías departamentales y distritales de salud para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo (artículos 1 y 2). La licencia de personas naturales se expide a quienes acreditan título en un área de SST en los niveles técnico, tecnólogo, profesional universitario o especialización (artículo 7); la de personas jurídicas se expide en tres modalidades según sus campos de acción (artículo 14) y exige, entre otros requisitos, que los integrantes del equipo cuenten con licencia vigente (artículo 15, numeral 15.3.1). En las empresas, la Resolución 0312 de 2019 exige que quien diseña el Sistema de Gestión de SST tenga licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo (artículos 3, 4 y 9).
Las Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo tienen una vigencia de diez (10) años y pueden renovarse por un término igual, siempre que el titular cumpla los requisitos de la normatividad vigente; las licencias otorgadas antes de la Resolución 754 conservan su validez hasta su fecha de vencimiento (artículo 5 y parágrafo). La licencia tiene cobertura nacional para los campos de acción autorizados, pero las personas jurídicas que abren sedes en jurisdicciones distintas a la principal deben solicitar licencia ante la secretaría de salud de la nueva sede (artículo 6). Los cambios de nombre o identificación del titular, o de representante legal, razón social, domicilio, sedes o campos de acción de la persona jurídica, se registran mediante certificación y no modifican la vigencia de la licencia inicial (artículos 8 y 16).
Las solicitudes de expedición y renovación se gestionan a través del aplicativo web dispuesto por el Ministerio, previo registro en el portal Mi Seguridad Social; la secretaría de salud expide el acto administrativo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la radicación (artículos 3, 9 y 17), y el trámite es gratuito (artículo 4). Si faltan documentos, la secretaría los pide por correo electrónico dentro de los diez días hábiles siguientes y el solicitante tiene quince días calendario para aportarlos; si no lo hace, se entiende que desistió (artículo 10). Para las personas jurídicas hay visita de verificación dentro de los veinte días hábiles siguientes a la solicitud (artículo 19) y, si no se acreditan todos los requisitos, puede acordarse un plan de cumplimiento verificable en un lapso no superior a 45 días calendario (artículo 20). La renovación se solicita dentro de los tres (3) meses previos a la fecha de vencimiento, ante la secretaría que expidió la licencia, anexando los documentos exigidos y la copia de la licencia inicial (artículos 11 y 18).
De un vistazo
| Quién la necesita | Personas naturales y jurídicas que prestan servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo (artículo 2.2.4.6.41 del Decreto 1072 de 2015; artículos 1 y 2 de la Resolución 754 de 2021); quien diseña el SG-SST de una empresa debe tener licencia vigente (artículos 3, 4 y 9 de la Resolución 0312 de 2019) |
|---|---|
| Vigencia | Diez (10) años, renovable por un término igual (artículo 5 de la Resolución 754 de 2021) |
| Plazo de renovación | Dentro de los tres (3) meses previos a la fecha de vencimiento (artículos 11 y 18) |
| Quién la expide | Secretaría departamental o distrital de salud del domicilio, a través del aplicativo web del Ministerio de Salud (artículos 3, 9 y 17) |
| Plazo de decisión | 45 días hábiles desde la radicación (artículo 9) |
| Costo | Gratuito en todo el territorio nacional (artículo 4) |
| Cobertura | Nacional, para los campos de acción autorizados; nuevas sedes en otra jurisdicción requieren licencia en esa secretaría (artículo 6) |
| Cambios | Se certifican sin modificar la vigencia inicial (artículos 8 y 16) |
¿Quién es responsable?
El titular de la licencia, persona natural o jurídica, que debe solicitar la renovación dentro de los tres meses previos al vencimiento (artículos 11 y 18 de la Resolución 754 de 2021). En las personas jurídicas, el talento humano del equipo debe contar con licencia vigente y con campos de acción que correspondan a los solicitados (artículo 15, numeral 15.3.1), por lo que la empresa debe seguir también el vencimiento de las licencias individuales de su personal. Las secretarías departamentales y distritales de salud adelantan la vigilancia y el control del cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se otorgó la licencia (artículo 26).
Si vence el plazo
La Resolución 754 de 2021 solo regula la renovación solicitada dentro de los tres meses previos a la fecha de vencimiento (artículos 11 y 18) y dispone que las licencias anteriores valen hasta su fecha de vencimiento (artículo 5, parágrafo); no prevé un trámite de renovación posterior a esa fecha. Quien presta servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo sin licencia incumple el artículo 2.2.4.6.41 del Decreto 1072 de 2015, y el incumplimiento del capítulo del SG-SST se sanciona en los términos del artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 (artículo 2.2.4.6.36 del Decreto 1072). Además, la Resolución 0312 de 2019 exige licencia vigente a quien diseña el SG-SST de la empresa (artículos 3, 4 y 9), de modo que una licencia vencida deja a la empresa sin el perfil exigido.
Un vencimiento a diez años se olvida fácil
Con una vigencia de diez años (artículo 5 de la Resolución 754 de 2021), la fecha de vencimiento suele quedar fuera de la memoria del equipo que la tramitó. Como la renovación debe pedirse dentro de los tres meses previos (artículos 11 y 18) y la secretaría tiene hasta 45 días hábiles para decidir (artículo 9), conviene iniciar el trámite al comienzo de esa ventana.
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Agregue cada licencia (la de la empresa y la de cada profesional de su equipo de SST) como un registro y anote como fecha de vencimiento la que figura en el acto administrativo que la otorgó o renovó.
- Como el catálogo fija un aviso anticipado de 90 días para este documento, el primer recordatorio llega tres meses antes del vencimiento, justo cuando se abre la ventana de renovación; los demás llegan 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día.
- El titular o el responsable de SST puede subir el acto administrativo de renovación a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta; después, actualice la fecha de vencimiento a la nueva vigencia de diez años.
- Asigne como responsable al encargado del SG-SST o al área de talento humano; si la fecha pasa sin renovación, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto dura la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo?
- Diez (10) años, y puede renovarse por un término igual siempre que el titular cumpla los requisitos de la normatividad vigente (artículo 5 de la Resolución 754 de 2021).
- ¿Cuándo debo pedir la renovación?
- Dentro de los tres (3) meses previos a la fecha de vencimiento, a través del aplicativo web, que dirige la solicitud a la secretaría de salud que expidió la licencia (artículo 11 para personas naturales y artículo 18 para personas jurídicas de la Resolución 754 de 2021).
- ¿Cuánto cuesta el trámite?
- La expedición, la renovación y los cambios de la licencia son gratuitos en todo el territorio nacional (artículo 4 de la Resolución 754 de 2021).
- ¿Siguen valiendo las licencias expedidas antes de la Resolución 754?
- Sí. Las licencias otorgadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la resolución tienen validez hasta su fecha de vencimiento (artículo 5, parágrafo, de la Resolución 754 de 2021).
- ¿Qué pasa si la empresa abre una sede en otro departamento?
- Las personas jurídicas que abren sedes en jurisdicciones diferentes de la sede principal deben solicitar una licencia ante la secretaría departamental o distrital de salud correspondiente a la nueva sede (artículo 6 de la Resolución 754 de 2021).
Fuentes
- Resolución 754 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, requisitos y procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo (texto en PDF)
- Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.4.6.36 y 2.2.4.6.41 (Función Pública, Gestor Normativo)
- Resolución 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo, Estándares Mínimos del SG-SST, artículos 3, 4 y 9 (Régimen Legal de Bogotá, Secretaría Jurídica Distrital)
Última comprobación: 10 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
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