ES · Control de vencimientos y renovaciones

Que la inspección de baja tensión no te pille fuera de plazo

Las instalaciones de baja tensión que precisaron inspección inicial, como locales de pública concurrencia, pasan inspección de un organismo de control cada cinco años; las comunes de viviendas de más de 100 kW, cada diez (ITC-BT-05, Real Decreto 842/2002). Los defectos condicionados se corrigen en seis meses.

La instrucción técnica ITC-BT-05 del Reglamento electrotécnico para baja tensión (Real Decreto 842/2002) obliga a someter a inspecciones periódicas, cada cinco años, todas las instalaciones eléctricas de baja tensión que precisaron inspección inicial, y cada diez años las instalaciones comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW (apartado 4.2).

Precisan inspección inicial, entre otras, las instalaciones industriales con proyecto y más de 100 kW, los locales de pública concurrencia, los locales con riesgo de incendio o explosión de clase I y las piscinas de más de 10 kW (apartado 4.1). Las inspecciones las realizan organismos de control acreditados para este campo reglamentario (apartado 2.2).

El organismo de control emite un certificado de inspección con la calificación de la instalación: favorable, condicionada o negativa. Si es condicionada, una instalación en servicio tiene un plazo de corrección que no puede superar seis meses; si en ese plazo no se subsanan los defectos, el certificado con calificación negativa se remite a la comunidad autónoma. Si es negativa, el certificado se remite de inmediato a la comunidad autónoma (apartado 5.2).

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De un vistazo

Instalaciones que precisaron inspección inicialInspección periódica cada 5 años (ITC-BT-05, apartado 4.2)
Zonas comunes de edificios de viviendas de más de 100 kWInspección periódica cada 10 años (apartado 4.2)
Quién inspeccionaOrganismo de control acreditado para baja tensión (apartado 2.2)
FavorableSin defectos muy graves ni graves; los leves se subsanan antes de la próxima inspección (apartado 5.2.1)
CondicionadaAl menos un defecto grave o un leve no corregido de una inspección anterior; plazo de corrección de hasta 6 meses (apartado 5.2.2)
NegativaAl menos un defecto muy grave; certificado inmediato a la comunidad autónoma (apartado 5.2.3)

Instalaciones con inspección inicial: a) instalaciones industriales que precisen proyecto, con potencia instalada superior a 100 kW; b) locales de pública concurrencia; c) locales con riesgo de incendio o explosión de clase I, excepto aparcamientos de menos de 25 plazas; d) locales mojados de más de 25 kW; e) piscinas de más de 10 kW; f) quirófanos y salas de intervención; g) alumbrado exterior de más de 5 kW; h) estaciones de recarga del vehículo eléctrico que requieran proyecto (ITC-BT-05, apartado 4.1).

¿Quién es responsable?

Los titulares deben mantener sus instalaciones en buen estado de funcionamiento, utilizarlas de acuerdo con sus características y no intervenir en ellas para modificarlas; las modificaciones las hace una empresa instaladora (artículo 20 del Reglamento). La empresa instaladora puede asistir a la inspección si lo estima conveniente (ITC-BT-05, apartado 5.1).

Si vence el plazo

Las infracciones al Reglamento se clasifican y sancionan conforme al título V de la Ley 21/1992, de Industria (artículo 28). Si la inspección detecta defectos, la calificación condicionada o negativa acaba comunicándose a la comunidad autónoma (ITC-BT-05, apartado 5.2).

Cómo se clasifican los defectos

Muy grave: supone un peligro inmediato para la seguridad de las personas o los bienes. Grave: no supone un peligro inmediato, pero puede serlo si se produce un fallo, o reduce de modo sustancial la capacidad de utilización de la instalación; por ejemplo, la falta de protección contra contactos indirectos o de continuidad de los conductores de protección, o la acumulación de defectos leves. Leve: no supone peligro ni perturba el funcionamiento, y la desviación no tiene valor significativo para el uso de la instalación (ITC-BT-05, apartado 6).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Añade cada instalación y registra la fecha límite de la próxima inspección periódica: cinco años desde la anterior o diez años en las zonas comunes de edificios de viviendas de más de 100 kW.
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día.
  3. El organismo de control o la empresa instaladora pueden subir el certificado de inspección a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
  4. Asigna un responsable, por ejemplo el administrador de fincas o el responsable de mantenimiento; los correos llegan en el idioma de cada destinatario. Si una fecha vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Qué instalaciones deben pasar la inspección de baja tensión cada cinco años?
Todas las que precisaron inspección inicial según el apartado 4.1 de la ITC-BT-05, por ejemplo locales de pública concurrencia, instalaciones industriales con proyecto de más de 100 kW o piscinas de más de 10 kW (apartado 4.2).
¿Tiene que pasarla una comunidad de vecinos?
Las instalaciones comunes de edificios de viviendas se inspeccionan cada diez años si su potencia total instalada supera 100 kW (ITC-BT-05, apartado 4.2).
¿Qué pasa con los defectos leves?
Con calificación favorable se anotan y el titular debe subsanarlos antes de la próxima inspección. Un defecto leve de una inspección anterior que no se haya corregido da lugar a la calificación condicionada (apartados 5.2.1 y 5.2.2).
¿Quién puede hacer la inspección?
Un organismo de control acreditado para el campo reglamentario de baja tensión, sin perjuicio de las atribuciones de la Administración (ITC-BT-05, apartado 2.2; artículo 21 del Reglamento).

Fuentes

Última comprobación: 30 sept 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

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