AR · Control de vencimientos y renovaciones
Que el aniversario de su contrato con la ART no lo tome por sorpresa
Todo empleador no autoasegurado debe afiliarse a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557, artículo 27). El contrato dura como mínimo un año y, si al vencer el empleador no se asegura con otra ART, se renueva automáticamente por otro año (Resolución SRT 46/2018, artículos 12 y 14).
Los empleadores que no estén en el régimen de autoseguro deben afiliarse obligatoriamente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que elijan y declarar las altas y bajas de su personal (Ley 24.557, artículo 27.1). La afiliación se celebra en un contrato cuya forma, contenido y plazo fija la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (artículo 27.3).
El contrato tiene una vigencia mínima de un año, contada desde las cero horas de la fecha de inicio que se fija en la Solicitud de Póliza Digital (Resolución SRT 46/2018, artículo 12). Si al terminar esa vigencia el empleador no se aseguró con otra ART, el contrato se renueva en forma automática por otro año (artículo 14); la ley prevé la renovación automática con el régimen de alícuotas vigente a la fecha de la renovación (Ley 24.557, artículo 27.4).
El empleador puede cambiar de aseguradora una vez transcurridos seis meses desde la primera afiliación y, a partir de ahí, con una periodicidad mínima anual (Resolución SRT 46/2018, Anexo I, cláusula sexta). Al pedir cobertura por traspaso debe haber tramitado antes el Certificado de No Objeción (artículo 6), y la rescisión por traspaso termina el último día del mes calendario (artículo 17).
De un vistazo
| Vigencia | Mínimo 1 año desde la fecha de inicio fijada en la Solicitud de Póliza Digital (Res. SRT 46/2018, artículo 12) |
|---|---|
| Renovación | Automática por otro año si el empleador no se aseguró con otra ART (artículo 14; Ley 24.557, artículo 27.4) |
| Cambio de ART | Después de 6 meses desde la primera afiliación; luego, como mínimo una vez al año (Anexo I, cláusula sexta) |
| Traspaso | Requiere el Certificado de No Objeción; la rescisión coincide con el último día del mes (artículos 6 y 17) |
| Programa Anual de Prevención | Se presenta al suscribir y se actualiza anualmente ante la ART (Anexo I, cláusula quinta, I.c) |
| Falta de pago | La ART puede extinguir el contrato por falta de pago de dos cuotas mensuales o una deuda equivalente a dos cuotas (Ley 24.557, artículo 27.6) |
La Solicitud de Póliza Digital consigna la fecha de inicio y la fecha de finalización de la cobertura (Res. SRT 46/2018, Anexo I, condiciones particulares, incisos d y e).
¿Quién es responsable?
El empleador: debe afiliarse, declarar las altas y bajas de su personal (Ley 24.557, artículo 27.1) y presentar y actualizar cada año ante la ART el Programa Anual de Prevención de Riesgos Laborales (Res. SRT 46/2018, Anexo I, cláusula quinta, I.c). Debe además informar a los trabajadores a qué ART están afiliados (cláusula quinta, I.j).
Si vence el plazo
Si un empleador no autoasegurado omite afiliarse a una ART, responde directamente ante los beneficiarios por las prestaciones de la ley (Ley 24.557, artículo 28.1). Si la ART extingue el contrato por falta de pago, el empleador se considera no asegurado y queda en esa misma situación (artículo 27.6). La ley prevé pena de prisión para el empleador que omite abonar las cuotas o declarar su pago (artículo 32.3), delito que se configura si no cumple dentro de los quince días corridos de intimado en su domicilio legal (artículo 32.6).
Renovación automática no significa que no haya nada que controlar
El contrato se renueva solo, pero cada aniversario es el momento en que el empleador puede decidir un cambio de aseguradora (Anexo I, cláusula sexta) y en que debe tener actualizado el Programa Anual de Prevención ante la ART (cláusula quinta, I.c). La ART debe denunciar ante el registro correspondiente a los empleadores que no presentaron el Relevamiento General de Riesgos Laborales al afiliarse o en la renovación automática (cláusula quinta, 2.b).
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Agregue la empresa (o cada CUIT asegurado) y registre como vencimiento la fecha de finalización de la cobertura que figura en la póliza.
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día, con tiempo para decidir si renueva o cambia de ART.
- El productor o la ART puede subir la póliza renovada a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
- Asigne un responsable, por ejemplo el área de Recursos Humanos o de Higiene y Seguridad; si la fecha pasa sin la póliza nueva, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto dura el contrato con la ART?
- Como mínimo un año desde la fecha de inicio de vigencia (Resolución SRT 46/2018, artículo 12).
- ¿Tengo que renovarlo cada año?
- No hace falta un trámite: si al terminar la vigencia no se aseguró con otra ART, el contrato se renueva automáticamente por otro año (artículo 14; Ley 24.557, artículo 27.4).
- ¿Cuándo puedo cambiar de ART?
- Pasados seis meses desde la primera afiliación y, después, con una periodicidad mínima anual (Anexo I, cláusula sexta). Antes debe tramitar el Certificado de No Objeción (artículo 6).
- ¿Qué pasa si no tengo ART?
- El empleador no autoasegurado que omite afiliarse responde directamente ante los beneficiarios por las prestaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557, artículo 28.1).
Fuentes
- Resolución SRT 46/2018, Póliza Digital de Riesgos del Trabajo, artículos 6, 12, 14 y 17 y Anexo I (argentina.gob.ar)
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, artículos 27, 28 y 32, texto actualizado (argentina.gob.ar)
Última comprobación: 3 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
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Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada contrato de afiliación a ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) (Argentina), con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada contrato de afiliación a ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) (Argentina) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.