ES · Control de vencimientos y renovaciones
Formación continua del personal de servicios biocidas
Las empresas de servicios biocidas deben dar formación continua de al menos 20 horas cada cinco años a todos los trabajadores que aplican biocidas (artículo 6.1 del Real Decreto 830/2010). La empresa registra cada acción formativa y conserva el registro mientras el trabajador permanezca en ella (artículo 6.2).
Los titulares de las empresas de servicios biocidas a terceros, con carácter corporativo o en instalaciones fijas, deben mantener programas de formación continua para todos los trabajadores que hacen actividades relacionadas con la aplicación de biocidas, con periodicidad quinquenal y una duración de al menos 20 horas. Se imparten materias sobre avances científico-técnicos, seguridad laboral u otros aspectos de la actividad que puedan repercutir en la salud pública (artículo 6.1 del Real Decreto 830/2010).
La empresa lleva un registro documental de cada acción formativa con el nombre y NIF de los trabajadores, la fecha, la duración, los contenidos y su justificación, el personal docente con su titulación y, si procede, el centro de formación. Estos registros se conservan a disposición de las autoridades mientras el trabajador permanezca en la empresa (artículo 6.2).
El real decreto se aplica a quienes aplican biocidas autorizados para personal profesional especializado de los tipos 2, 3, 4, 8, 11, 14, 18 y 19, como desinfectantes, protectores de madera, rodenticidas e insecticidas (artículo 1). El responsable técnico del servicio debe asegurarse de que los trabajadores con certificado de profesionalidad reciben esta formación, y el titular de la empresa proporciona los recursos (artículo 5.3.f).
De un vistazo
| Periodicidad | Quinquenal (artículo 6.1) |
|---|---|
| Duración mínima | 20 horas (artículo 6.1) |
| Quién la organiza | El titular de la empresa de servicios biocidas (artículo 6.1) |
| Para quién | Todos los trabajadores que hacen actividades de aplicación de biocidas (artículo 6.1) |
| Registro | Nombre y NIF, fecha, duración, contenidos, docentes y centro (artículo 6.2) |
| Conservación del registro | Mientras el trabajador siga en la empresa (artículo 6.2) |
¿Quién es responsable?
El titular de la empresa de servicios biocidas mantiene los programas y proporciona los recursos (artículos 6.1 y 5.3.f). El responsable técnico se responsabiliza de que los trabajadores con certificado de profesionalidad reciban la formación (artículo 5.3.f).
Si vence el plazo
Los certificados y títulos de capacitación pueden ser exigidos por las autoridades competentes a quienes hacen estas actividades (artículo 4.2), y los registros de formación deben estar a su disposición (artículo 6.2).
Un registro por trabajador
El plazo de cinco años corre para cada persona desde su última formación. Registra a cada aplicador por separado con la fecha de su próxima formación continua.
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Añade a cada trabajador con la fecha en que vence su ciclo de cinco años de formación continua.
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día. Así hay tiempo para programar un curso de al menos 20 horas.
- El centro de formación puede subir el certificado del curso mediante un enlace seguro que vale 14 días y no requiere cuenta.
- Asigna como responsable al responsable técnico del servicio; los correos llegan en el idioma de cada destinatario. Si una fecha vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cada cuánto se hace la formación continua de aplicadores de biocidas?
- Con periodicidad quinquenal y una duración de al menos 20 horas (artículo 6.1 del RD 830/2010).
- ¿Quién está obligado?
- Los titulares de las empresas de servicios biocidas a terceros, con carácter corporativo o en instalaciones fijas, respecto de todos sus trabajadores que aplican biocidas (artículo 6.1).
- ¿Qué datos debe tener el registro?
- Nombre y NIF de los trabajadores, fecha, duración, contenidos y su justificación, docentes con su titulación y centro de formación si procede (artículo 6.2).
- ¿Cuánto tiempo se guarda?
- Mientras el trabajador permanezca en la empresa (artículo 6.2).
Fuentes
Última comprobación: 1 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
Hecho para formación continua de aplicadores de biocidas
Una plantilla lista para formación continua de aplicadores de biocidas con valores de validez sensatos: introduce menos y controla más.
Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada formación continua de aplicadores de biocidas, con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada formación continua de aplicadores de biocidas y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.