ES · Control de vencimientos y renovaciones

Formación continua del personal de servicios biocidas

Las empresas de servicios biocidas deben dar formación continua de al menos 20 horas cada cinco años a todos los trabajadores que aplican biocidas (artículo 6.1 del Real Decreto 830/2010). La empresa registra cada acción formativa y conserva el registro mientras el trabajador permanezca en ella (artículo 6.2).

Los titulares de las empresas de servicios biocidas a terceros, con carácter corporativo o en instalaciones fijas, deben mantener programas de formación continua para todos los trabajadores que hacen actividades relacionadas con la aplicación de biocidas, con periodicidad quinquenal y una duración de al menos 20 horas. Se imparten materias sobre avances científico-técnicos, seguridad laboral u otros aspectos de la actividad que puedan repercutir en la salud pública (artículo 6.1 del Real Decreto 830/2010).

La empresa lleva un registro documental de cada acción formativa con el nombre y NIF de los trabajadores, la fecha, la duración, los contenidos y su justificación, el personal docente con su titulación y, si procede, el centro de formación. Estos registros se conservan a disposición de las autoridades mientras el trabajador permanezca en la empresa (artículo 6.2).

El real decreto se aplica a quienes aplican biocidas autorizados para personal profesional especializado de los tipos 2, 3, 4, 8, 11, 14, 18 y 19, como desinfectantes, protectores de madera, rodenticidas e insecticidas (artículo 1). El responsable técnico del servicio debe asegurarse de que los trabajadores con certificado de profesionalidad reciben esta formación, y el titular de la empresa proporciona los recursos (artículo 5.3.f).

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De un vistazo

PeriodicidadQuinquenal (artículo 6.1)
Duración mínima20 horas (artículo 6.1)
Quién la organizaEl titular de la empresa de servicios biocidas (artículo 6.1)
Para quiénTodos los trabajadores que hacen actividades de aplicación de biocidas (artículo 6.1)
RegistroNombre y NIF, fecha, duración, contenidos, docentes y centro (artículo 6.2)
Conservación del registroMientras el trabajador siga en la empresa (artículo 6.2)

¿Quién es responsable?

El titular de la empresa de servicios biocidas mantiene los programas y proporciona los recursos (artículos 6.1 y 5.3.f). El responsable técnico se responsabiliza de que los trabajadores con certificado de profesionalidad reciban la formación (artículo 5.3.f).

Si vence el plazo

Los certificados y títulos de capacitación pueden ser exigidos por las autoridades competentes a quienes hacen estas actividades (artículo 4.2), y los registros de formación deben estar a su disposición (artículo 6.2).

Un registro por trabajador

El plazo de cinco años corre para cada persona desde su última formación. Registra a cada aplicador por separado con la fecha de su próxima formación continua.

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Añade a cada trabajador con la fecha en que vence su ciclo de cinco años de formación continua.
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día. Así hay tiempo para programar un curso de al menos 20 horas.
  3. El centro de formación puede subir el certificado del curso mediante un enlace seguro que vale 14 días y no requiere cuenta.
  4. Asigna como responsable al responsable técnico del servicio; los correos llegan en el idioma de cada destinatario. Si una fecha vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se hace la formación continua de aplicadores de biocidas?
Con periodicidad quinquenal y una duración de al menos 20 horas (artículo 6.1 del RD 830/2010).
¿Quién está obligado?
Los titulares de las empresas de servicios biocidas a terceros, con carácter corporativo o en instalaciones fijas, respecto de todos sus trabajadores que aplican biocidas (artículo 6.1).
¿Qué datos debe tener el registro?
Nombre y NIF de los trabajadores, fecha, duración, contenidos y su justificación, docentes con su titulación y centro de formación si procede (artículo 6.2).
¿Cuánto tiempo se guarda?
Mientras el trabajador permanezca en la empresa (artículo 6.2).

Fuentes

Última comprobación: 1 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

Hecho para formación continua de aplicadores de biocidas

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Avisos a tiempo

Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada formación continua de aplicadores de biocidas, con escalada a responsables si está vencido.

Asigne un responsable

Asigne un responsable a cada formación continua de aplicadores de biocidas y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.