CL · Control de vencimientos y renovaciones

Que ningún extintor de tu empresa quede con la mantención vencida

Los extintores de todo lugar de trabajo con riesgo de incendio se someten a revisión, control y mantención preventiva al menos una vez al año, por el fabricante o un servicio técnico, con constancia en la etiqueta (DS 594, artículos 45 y 51). El lugar no puede quedar sin extintores durante la mantención.

El Decreto Supremo 594 de 1999, del Ministerio de Salud, fija las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo (artículo 1). La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores, sean dependientes directos o de contratistas (artículo 3). Todo lugar de trabajo con algún riesgo de incendio, por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo, debe contar con extintores del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que existan o se manipulen; su número depende de la superficie a proteger según el artículo 46, y deben cumplir los requisitos del Decreto Supremo 369 de 1996, del Ministerio de Economía, o el que lo reemplace, y estar certificados por un laboratorio acreditado (artículo 45).

Los extintores deben someterse a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico de acuerdo con el Decreto 369 de 1996, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. Es responsabilidad del empleador tomar las medidas necesarias para que los lugares de trabajo no queden desprovistos de extintores mientras se hace la mantención (artículo 51).

Los extintores se ubican en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de obstáculos, en condiciones de funcionamiento máximo, a una altura máxima de 1,30 metros medidos desde el suelo hasta la base del extintor y debidamente señalizados (artículo 47). Todo el personal debe ser instruido y entrenado sobre la manera de usarlos en caso de emergencia (artículo 48), y los que estén a la intemperie van en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito (artículo 49). Además, en todo lugar de trabajo deben implementarse medidas de prevención de incendios, controlando cargas combustibles y fuentes de calor e inspeccionando las instalaciones según un programa preestablecido (artículo 44).

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De un vistazo

NormaDS 594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo (artículo 1)
Cuándo es obligatorioTodo lugar de trabajo con algún riesgo de incendio, por la estructura del edificio o la naturaleza del trabajo (artículo 45)
PeriodicidadRevisión, control y mantención preventiva por lo menos una vez al año (artículo 51)
Quién la haceEl fabricante o servicio técnico, según normas chilenas oficiales y el Decreto 369/1996 (artículo 51)
ConstanciaEn la etiqueta correspondiente del extintor (artículo 51)
Durante la mantenciónEl empleador debe evitar que el lugar de trabajo quede sin extintores (artículo 51)
UbicaciónFácil acceso, señalizados, sin obstáculos, a no más de 1,30 m del suelo a la base (artículo 47)
PersonalInstruido y entrenado en el uso de los extintores (artículo 48)

El tipo de extintor debe ser el adecuado a los materiales combustibles o inflamables presentes (artículo 45); el reglamento enumera los agentes de extinción según la clase de fuego (artículo 50). Los extintores deben cumplir el DS 369/1996 y estar certificados por un laboratorio acreditado (artículo 45).

¿Quién es responsable?

La empresa es la obligada a mantener las condiciones de seguridad del lugar de trabajo (DS 594, artículo 3), y la mantención anual de los extintores debe constar en la etiqueta (artículo 51). El empleador es además responsable de que el lugar de trabajo no quede desprovisto de extintores cuando se retiren para la mantención (artículo 51). En la práctica, el prevencionista o el encargado de mantención de cada instalación lleva las fechas de etiqueta de todos los equipos.

Si vence el plazo

El cumplimiento del DS 594 lo fiscalizan y controlan los Servicios de Salud, de acuerdo con las normas e instrucciones del Ministerio de Salud (artículo 2), y las infracciones al reglamento son sancionadas por el Servicio de Salud del territorio, previa instrucción del sumario conforme al Libro Décimo del Código Sanitario (artículo 131). Un extintor cuya etiqueta muestra la mantención vencida no acredita la revisión anual que exige el artículo 51.

Varios extintores, varias fechas

Cada extintor lleva su propia etiqueta con la constancia de la última mantención (artículo 51), por lo que en una faena o edificio pueden coexistir fechas distintas. Conviene registrar cada equipo por separado, o al menos cada grupo con la misma fecha de servicio, y coordinar la mantención de modo que el lugar de trabajo nunca quede sin cobertura (artículo 51).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Añade cada extintor o grupo de extintores de la instalación y registra como vencimiento la fecha en que se cumple un año desde la última mantención anotada en la etiqueta.
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día, con tiempo para coordinar al servicio técnico y la reposición temporal.
  3. El servicio técnico o el encargado de mantención puede subir el certificado o la foto de la etiqueta a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
  4. Asigna un responsable, por ejemplo el prevencionista o el jefe de mantención; si una mantención vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto hay que hacer la mantención de los extintores?
Por lo menos una vez al año, con revisión, control y mantención preventiva por el fabricante o servicio técnico, dejando constancia en la etiqueta (DS 594, artículo 51).
¿Quién puede hacer la mantención?
El fabricante o un servicio técnico, según normas chilenas oficiales y de acuerdo con el Decreto 369 de 1996 del Ministerio de Economía (artículo 51).
¿Qué pasa mientras los extintores están en mantención?
Es responsabilidad del empleador tomar las medidas necesarias para que los lugares de trabajo no queden desprovistos de extintores durante la mantención (artículo 51).
¿Quién fiscaliza?
Los Servicios de Salud fiscalizan y controlan el cumplimiento del reglamento (artículo 2) y sancionan las infracciones previa instrucción de sumario conforme al Código Sanitario (artículo 131).

Fuentes

Última comprobación: 10 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

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