CL · Control de vencimientos y renovaciones
Que la matriz IPER de tu empresa no se quede sin su revisión anual
Toda entidad empleadora revisa su matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos al menos una vez al año, y además ante cambios en el trabajo, accidentes, enfermedades profesionales o riesgo grave e inminente (DS 44 de 2024, artículo 7). Tras cada actualización ajusta el programa preventivo en 30 días.
El Decreto Supremo 44 de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente desde el 1 de febrero de 2025, regula la gestión preventiva de los riesgos laborales. Toda entidad empleadora debe confeccionar una matriz de identificación de peligros y evaluación de los riesgos laborales asociados a los procesos, tareas y puestos de trabajo, que debe estar disponible en los lugares de trabajo y ser informada a las personas trabajadoras, incluidos el Comité Paritario, el Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo y los dirigentes sindicales (DS 44, artículo 7). Para confeccionarla se consideran los agentes y factores de riesgo presentes, como los riesgos ergonómicos y psicosociales, la violencia y el acoso en el trabajo, los accidentes y enfermedades profesionales ocurridos y los riesgos asociados a los programas de vigilancia ocupacional, con enfoque de género (artículo 7).
La matriz contiene como mínimo la identificación de los peligros de cada puesto de trabajo y la evaluación de los riesgos, considerando también las condiciones previsibles y las personas especialmente sensibles; el procedimiento de evaluación se rige por la Guía Técnica del Instituto de Salud Pública o el documento que la reemplace, salvo que una norma exija una metodología especial (artículo 7). La matriz debe ser conocida por toda la línea de mando y revisada al menos anualmente o cuando cambien las condiciones de trabajo que puedan significar un riesgo adicional, ocurra un accidente del trabajo, se diagnostique una enfermedad profesional o se genere una situación de riesgo grave e inminente; para elaborarla y revisarla la empresa puede pedir asistencia técnica al organismo administrador de la Ley 16.744 (artículo 7).
A partir de la matriz, la entidad empleadora elabora o modifica el programa de trabajo preventivo dentro de 30 días corridos desde la confección o actualización de la matriz; el programa indica las medidas preventivas y correctivas, sus plazos y responsables, consta por escrito, es aprobado por el representante legal con fecha de aprobación y de sus modificaciones, se difunde en los lugares de trabajo y se remite al Comité Paritario (artículo 8). Al menos una vez al año la empresa evalúa el cumplimiento del programa (artículo 14). Toda la información de la gestión de riesgos debe registrarse y respaldarse documentalmente, de preferencia en formato electrónico, a disposición de la entidad fiscalizadora y del organismo administrador (artículo 72).
De un vistazo
| Norma | DS 44/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente desde el 1 de febrero de 2025 (artículo primero transitorio) |
|---|---|
| Quién la confecciona | Toda entidad empleadora, para sus procesos, tareas y puestos de trabajo (artículo 7) |
| Revisión | Al menos anualmente (artículo 7) |
| Revisión extraordinaria | Cuando cambien las condiciones de trabajo con riesgo adicional, ocurra un accidente del trabajo, se diagnostique una enfermedad profesional o haya riesgo grave e inminente (artículo 7) |
| Programa preventivo | Elaborado o modificado dentro de 30 días corridos desde la confección o actualización de la matriz (artículo 8) |
| Evaluación del programa | Al menos anual (artículo 14) |
| Difusión | Disponible en los lugares de trabajo, informada a las personas trabajadoras, al Comité Paritario, al Delegado de SST y a los dirigentes sindicales; conocida por toda la línea de mando (artículo 7) |
| Registro | Documental y fidedigno, de preferencia electrónico, a disposición de la fiscalización y del organismo administrador (artículo 72) |
Mientras la matriz y el programa estén pendientes de elaboración, la entidad empleadora debe informar igualmente a cada persona trabajadora los riesgos inherentes a la actividad (artículo 15). La evaluación puede usar métodos cuantitativos o cualitativos, siempre con una metodología validada y basada en criterios de la autoridad competente (artículo 7).
¿Quién es responsable?
La entidad empleadora es la obligada a confeccionar, difundir y revisar la matriz (DS 44, artículo 7) y a elaborar o modificar el programa de trabajo preventivo en el plazo de 30 días (artículo 8), en cumplimiento de su deber general de proteger eficazmente la vida y salud de las personas trabajadoras (artículo 4). Puede pedir asistencia técnica al organismo administrador del seguro de la Ley 16.744 (artículo 7). En la práctica, el Departamento de Prevención de Riesgos o el prevencionista lleva la fecha de la próxima revisión.
Si vence el plazo
La inspección, fiscalización y sanción de los incumplimientos del DS 44 en los lugares de trabajo corresponden a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y a la Dirección del Trabajo, según sus competencias, sin perjuicio de las facultades de la Superintendencia de Seguridad Social (artículo 77). Una matriz sin revisar también arrastra el programa de trabajo preventivo, que debe actualizarse dentro de 30 días corridos desde cada actualización de la matriz (artículo 8), y deja sin respaldo el registro documental que la fiscalización puede requerir (artículo 72).
La revisión anual es un mínimo, no el único gatillo
Además del plazo anual, la matriz debe revisarse cada vez que cambien las condiciones de trabajo con riesgo adicional, ocurra un accidente del trabajo, se diagnostique una enfermedad profesional o se genere una situación de riesgo grave e inminente (DS 44, artículo 7). Cada revisión extraordinaria reinicia el plazo de 30 días para ajustar el programa preventivo (artículo 8). Registra la fecha de la última revisión efectiva y, si hubo un evento que obligó a revisar antes, actualiza el vencimiento.
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Añade la empresa, faena o sucursal y registra como vencimiento la fecha en que se cumple un año desde la última revisión de la matriz; si un accidente o un cambio de condiciones obligó a revisarla antes, actualiza esa fecha.
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día, con tiempo para coordinar la revisión con el organismo administrador si hace falta.
- El prevencionista puede subir la matriz revisada y el programa preventivo actualizado a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
- Asigna un responsable, por ejemplo el jefe del Departamento de Prevención de Riesgos; si la revisión vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cada cuánto hay que revisar la matriz IPER?
- Al menos anualmente, o antes cuando cambien las condiciones de trabajo con riesgo adicional, ocurra un accidente del trabajo, se diagnostique una enfermedad profesional o se genere una situación de riesgo grave e inminente (DS 44, artículo 7).
- ¿Qué pasa con el programa preventivo cuando se actualiza la matriz?
- La entidad empleadora debe elaborar o modificar el programa de trabajo preventivo dentro de 30 días corridos desde la confección o actualización de la matriz (artículo 8).
- ¿Quién debe conocer la matriz?
- Debe estar disponible en los lugares de trabajo y ser informada a las personas trabajadoras, incluidos el Comité Paritario, el Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo y los dirigentes sindicales, y ser conocida por toda la línea de mando (artículo 7).
- ¿Quién fiscaliza?
- Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y la Dirección del Trabajo, de acuerdo con sus competencias legales, sin perjuicio de las facultades de la Superintendencia de Seguridad Social (artículo 77).
Fuentes
Última comprobación: 10 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
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Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER), revisión (Chile), con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER), revisión (Chile) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.