CL · Control de vencimientos y renovaciones

Que ningún vehículo de tu flota circule con la revisión técnica vencida

Los vehículos sin revisión semestral, como autos y camionetas particulares, pasan la revisión técnica una vez al año en el mes del último dígito de su patente, o el mes anterior (DS 156/1990, artículo 7). Sin revisión vigente la municipalidad no otorga el permiso de circulación (Ley de Tránsito, artículo 89).

El Decreto Supremo 156 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fija la periodicidad de las revisiones técnicas. Los vehículos que no están en la lista de revisión semestral (transporte de personas de más de 9 asientos, carga de más de 1.750 kg, taxis, vehículos escuela, transporte escolar y vehículos a GLP o GNC, entre otros) hacen la revisión una vez al año, en el mes que corresponde al último dígito de su placa patente única (artículo 7, incisos primero y tercero).

La revisión del mes que corresponde también puede hacerse en el mes anterior, sin que eso afecte su vigencia (artículo 7, inciso cuarto). La primera revisión de un vehículo amparado por un Certificado de Homologación Individual emitido a contar del 1 de septiembre de 2010 tiene una vigencia de dos años y se hace según el mismo calendario (artículo 7, inciso quinto).

La revisión técnica es requisito para el permiso de circulación: las municipalidades no lo otorgan a ningún vehículo motorizado que no tenga vigente la revisión técnica o un certificado de homologación, según lo determine el Ministerio (Ley de Tránsito, artículo 89). Si el resultado es aprobado, la planta revisora entrega el certificado con una copia para renovar el permiso de circulación (DS 156, artículo 12).

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De un vistazo

PeriodicidadAnual, en el mes que corresponde al último dígito de la patente (DS 156, artículo 7, inciso tercero)
Calendario9: enero · 0: febrero · 1: abril · 2: mayo · 3: junio · 4: julio · 5: agosto · 6: septiembre · 7: octubre · 8: noviembre (artículo 7)
AdelantarlaPuede hacerse en el mes anterior sin afectar su vigencia (artículo 7, inciso cuarto)
Vehículo nuevo homologadoLa primera revisión tiene vigencia de dos años si el Certificado de Homologación Individual se emitió desde el 1 de septiembre de 2010 (artículo 7, inciso quinto)
ResultadoAprobado o rechazado; tras un rechazo, la siguiente revisión comprueba que se corrigieron los defectos (artículo 10)
Permiso de circulaciónNo se otorga sin revisión técnica vigente o certificado de homologación (Ley de Tránsito, artículo 89)

El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones puede modificar la periodicidad y el calendario de las revisiones técnicas cuando las circunstancias lo aconsejen (DS 156, artículo 7). Por eso conviene confirmar si hay prórrogas o cambios vigentes para tu región.

¿Quién es responsable?

La ley impone la revisión al vehículo; en una empresa, lo habitual es que la coordine el encargado de flota. En los vehículos destinados al servicio público de pasajeros o al transporte de carga, mantenerlos en circulación sin las revisiones técnicas aprobadas es una infracción grave de la que responde el propietario (Ley de Tránsito, artículo 200, número 26).

Si vence el plazo

Conducir un vehículo sin revisión técnica, de homologación o de emisión de contaminantes vigentes es una infracción grave (Ley de Tránsito, artículo 200, número 18). El vehículo que transita sin el certificado de revisión técnica al día es retirado de la circulación y puesto a disposición del Juzgado de Policía Local (artículo 56). Además, sin revisión técnica vigente la municipalidad no otorga el permiso de circulación (artículo 89).

Camionetas, jeeps y furgones de empresas en la Región Metropolitana

Las camionetas, jeeps y furgones que circulan en la Región Metropolitana y que se inscribieron en el Registro de Vehículos Motorizados después del 1 de septiembre de 1992 a nombre de personas jurídicas están en la lista de revisión semestral (DS 156, artículo 7, inciso primero, número vii). Deben aprobar una segunda revisión, que solo comprende las emisiones, seis meses después del mes que les corresponde según el calendario (artículo 7, inciso sexto).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Añade cada vehículo y registra como vencimiento el mes de su próxima revisión según el último dígito de la patente; si anotas el primer día de ese mes, los avisos llegan antes de que empiece. Si la camioneta, jeep o furgón es de una empresa en la Región Metropolitana, registra también la revisión de emisiones a los seis meses.
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día.
  3. El conductor o el taller puede subir el certificado nuevo a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
  4. Asigna un responsable a cada vehículo, por ejemplo el encargado de flota; si la revisión vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se hace la revisión técnica de un vehículo liviano?
Si no está en la lista de revisión semestral, una vez al año, en el mes que corresponde al último dígito de su patente (DS 156/1990, artículo 7, inciso tercero).
¿Puedo hacerla antes de mi mes?
Sí, en el mes anterior, y eso no afecta su vigencia (artículo 7, inciso cuarto).
¿Cuánto dura la primera revisión de un vehículo nuevo?
Dos años, si el vehículo está amparado por un Certificado de Homologación Individual emitido a contar del 1 de septiembre de 2010 (artículo 7, inciso quinto).
¿Qué pasa si la revisión sale rechazada?
La siguiente revisión sirve para comprobar que se corrigieron los defectos que motivaron el rechazo. Es gratuita cuando el rechazo deriva de pruebas cuyos resultados debe interpretar el personal de la planta y no han pasado más de 15 días corridos desde la revisión rechazada (artículo 10).

Fuentes

Última comprobación: 3 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

Hecho para revisión técnica (vehículos livianos) (Chile)

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Avisos a tiempo

Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada revisión técnica (vehículos livianos) (Chile), con escalada a responsables si está vencido.

Asigne un responsable

Asigne un responsable a cada revisión técnica (vehículos livianos) (Chile) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.