CL · Control de vencimientos y renovaciones

Que ningún camión, bus o taxi de tu flota circule con la revisión técnica vencida

Los vehículos de carga de más de 1.750 kg, los de pasajeros de más de 9 asientos, los taxis, los vehículos escuela, el transporte escolar y los vehículos a GLP o GNC pasan la revisión técnica cada seis meses (DS 156/1990, artículo 7). Transporte escolar de 15 o más años y buses urbanos de 20 o más: cada cuatro meses.

El Decreto Supremo 156 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fija en seis meses la periodicidad de la revisión técnica de los vehículos de transporte de personas de más de 9 asientos, incluido el del conductor; de los vehículos motorizados de carga con capacidad para transportar más de 1.750 kg, con sus remolques y semirremolques; de los taxis; de los vehículos escuela; y de los vehículos de transporte escolar y de los que usan GLP o GNC como combustible (artículo 7, inciso primero, números i a v). En los vehículos adaptados a GNC o GLP que apruebe una planta revisora, el plazo de seis meses para la revisión siguiente se cuenta desde la fecha de esa revisión de conversión (artículo 7, inciso primero, número v).

Los taxis y vehículos de transporte escolar nuevos, aunque estén amparados por un Certificado de Homologación Individual electrónico, deben hacer su primera revisión técnica, incluida la verificación de emisiones, a los doce meses contados desde la emisión de ese certificado (artículo 7, inciso segundo). Para los vehículos de transporte escolar de 15 o más años y para los buses de transporte público urbano de 20 o más años, la revisión es cada 4 meses (artículo 7, inciso final).

La revisión da como resultado aprobado o rechazado; tras un rechazo, la siguiente revisión sirve para comprobar que se corrigieron los desperfectos (artículo 10). La planta revisora entrega un certificado con el resultado y, si está aprobado, una copia para renovar el permiso de circulación (artículo 12). Las municipalidades no otorgan permiso de circulación a ningún vehículo motorizado sin revisión técnica vigente o certificado de homologación, y el documento debe portarse siempre en el vehículo y estar vigente (Ley de Tránsito, artículo 89).

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De un vistazo

PeriodicidadCada 6 meses (DS 156, artículo 7, inciso primero)
Vehículos incluidosTransporte de personas de más de 9 asientos incluido el conductor; carga de más de 1.750 kg con sus remolques y semirremolques; taxis; vehículos escuela; transporte escolar; vehículos a GLP o GNC (artículo 7, inciso primero, números i a v)
Taxi o transporte escolar nuevoPrimera revisión, con emisiones, a los 12 meses desde la emisión del Certificado de Homologación Individual electrónico (artículo 7, inciso segundo)
Cada 4 mesesTransporte escolar de 15 o más años y buses de transporte público urbano de 20 o más años (artículo 7, inciso final)
Vehículo convertido a GNC o GLPLos 6 meses para la revisión siguiente se cuentan desde la revisión que aprobó la conversión (artículo 7, inciso primero, número v)
ResultadoAprobado o rechazado; tras un rechazo, la siguiente revisión comprueba que se corrigieron los defectos (artículo 10)
Permiso de circulaciónNo se otorga sin revisión técnica vigente o certificado de homologación (Ley de Tránsito, artículo 89)

El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones puede modificar la periodicidad y el calendario de las revisiones técnicas cuando las circunstancias lo aconsejen, y establecer controles adicionales de emisiones (DS 156, artículo 7). Conviene confirmar si hay prórrogas o cambios vigentes para tu región.

¿Quién es responsable?

La revisión se exige al vehículo; en una empresa, lo habitual es que la coordine el encargado de flota. Mantener en circulación un vehículo destinado al servicio público de pasajeros o al transporte de carga sin las revisiones técnicas aprobadas es una infracción grave de la que responde el propietario (Ley de Tránsito, artículo 200, número 26). Si la infracción de circular sin revisión técnica la comete un conductor que no es el dueño de un vehículo de transporte público de pasajeros o de carga, a él se le aplica la pena de una infracción leve y no se anota en el Registro Nacional de Conductores (artículo 200, inciso final).

Si vence el plazo

Conducir un vehículo sin revisión técnica, de homologación o de emisión de contaminantes vigentes es una infracción grave (Ley de Tránsito, artículo 200, número 18), igual que efectuar servicio público de pasajeros con un vehículo rechazado en la revisión o cuyo trámite no se hizo en su oportunidad (artículo 200, número 21). El vehículo que transita sin el certificado de revisión técnica al día es retirado de la circulación y puesto a disposición del Juzgado de Policía Local (artículo 56). Además, sin revisión técnica vigente la municipalidad no otorga el permiso de circulación (artículo 89).

Camionetas, jeeps y furgones de empresas en la Región Metropolitana

Aunque no superen los 1.750 kg, las camionetas, jeeps y furgones que circulan en la Región Metropolitana y que se inscribieron en el Registro de Vehículos Motorizados después del 1 de septiembre de 1992 a nombre de personas jurídicas también están en la lista semestral (DS 156, artículo 7, inciso primero, número vii). Hacen su revisión anual según el último dígito de la patente y, seis meses después, una segunda revisión que solo comprende las emisiones (artículo 7, incisos tercero y sexto).

Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite

  1. Añade cada camión, bus, taxi, remolque o semirremolque y registra como vencimiento la fecha en que se cumplen seis meses desde la última revisión aprobada; si el certificado de la planta revisora indica una fecha de vigencia, usa esa. Para un taxi o vehículo de transporte escolar nuevo, registra los doce meses desde la emisión del Certificado de Homologación Individual.
  2. Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes del vencimiento y el mismo día.
  3. El conductor o el taller puede subir el certificado nuevo a través de un enlace seguro, válido 14 días y sin necesidad de cuenta.
  4. Asigna un responsable a cada vehículo, por ejemplo el encargado de flota; si la revisión vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se hace la revisión técnica de un camión?
Los vehículos motorizados de carga con capacidad para transportar más de 1.750 kg, con sus remolques y semirremolques, hacen la revisión técnica cada seis meses (DS 156/1990, artículo 7, inciso primero, número ii).
¿Los buses y los taxis también van cada seis meses?
Sí. Los vehículos de transporte de personas de más de 9 asientos, incluido el del conductor, y los taxis están en la lista semestral (artículo 7, inciso primero, números i y iii). Los buses de transporte público urbano de 20 o más años van cada 4 meses (artículo 7, inciso final).
¿Un taxi nuevo tiene que hacer revisión técnica?
Sí. Aunque tenga Certificado de Homologación Individual electrónico, su primera revisión técnica, incluida la verificación de emisiones, se hace a los doce meses desde la emisión de ese certificado (artículo 7, inciso segundo).
¿Qué pasa si la revisión sale rechazada?
La siguiente revisión sirve para comprobar que se corrigieron los desperfectos. Es gratuita cuando el rechazo deriva de pruebas cuyos resultados debe interpretar el personal de la planta y no han pasado más de 15 días corridos desde la revisión rechazada (artículo 10).

Fuentes

Última comprobación: 7 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.

Hecho para revisión técnica (vehículos de carga >1.750 kg, buses, taxis) (Chile)

Una plantilla lista para revisión técnica (vehículos de carga >1.750 kg, buses, taxis) (Chile) con valores de validez sensatos: introduce menos y controla más.

Avisos a tiempo

Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada revisión técnica (vehículos de carga >1.750 kg, buses, taxis) (Chile), con escalada a responsables si está vencido.

Asigne un responsable

Asigne un responsable a cada revisión técnica (vehículos de carga >1.750 kg, buses, taxis) (Chile) y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.