ES · Control de vencimientos y renovaciones
Declaración de masa salarial de la ETT en plazo
En los tres primeros meses de cada año natural, la empresa de trabajo temporal presenta a la autoridad laboral una declaración formal de la masa salarial del año anterior, (artículo 9.4 del Real Decreto 417/2015). Fija la garantía financiera; no remitirla es infracción grave.
Dentro de los tres primeros meses de cada año natural, la empresa de trabajo temporal debe presentar ante la autoridad laboral competente una declaración formal relativa a la cuantía de la masa salarial del año anterior (artículo 9.4 del Real Decreto 417/2015). La Ley 14/1994 obliga a remitir a la autoridad laboral que concedió la autorización los datos de la masa salarial del ejercicio inmediato anterior, en los términos que fije el reglamento (artículo 5.1).
La masa salarial es el conjunto de retribuciones salariales y extrasalariales devengadas por los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias. Se excluyen las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, las indemnizaciones por traslados, suspensiones y extinciones de contratos y los suplidos por gastos de los trabajadores (artículo 9.1), así como las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador (artículo 9.2). En las cooperativas de trabajo asociado se suman los anticipos laborales de los socios trabajadores cedidos (artículo 9.3).
Ese dato tiene consecuencias propias: la garantía financiera de los ejercicios siguientes se calcula sobre la masa salarial del ejercicio anterior (artículo 8.2 del Reglamento) y la ETT debe destinar cada año el 1 por 100 de la masa salarial a la formación de los trabajadores cedidos (artículo 12.2 de la Ley 14/1994).
De un vistazo
| Qué se presenta | Declaración formal de la masa salarial del año anterior (artículo 9.4 RD 417/2015) |
|---|---|
| Plazo | Tres primeros meses de cada año natural (artículo 9.4) |
| Ante quién | La autoridad laboral competente (artículos 3 y 9.4) |
| Qué incluye | Retribuciones salariales y extrasalariales de los trabajadores cedidos (artículo 9.1) |
| Qué no incluye | Prestaciones de Seguridad Social, indemnizaciones, suplidos y cotizaciones del empleador (artículo 9.1 y 9.2) |
| Mismo plazo | Acreditar la actualización de la garantía financiera (artículo 8.3) |
¿Quién es responsable?
La empresa de trabajo temporal (artículo 9.4 del Reglamento; artículo 5.1 de la Ley 14/1994). La autoridad laboral competente es la de la comunidad autónoma si la ETT tiene centros en una sola comunidad, la Dirección General de Empleo si los tiene en dos o más, o la Delegación del Gobierno en Ceuta o Melilla (artículo 3.1 del Reglamento).
Si vence el plazo
No remitir a la autoridad laboral la información del artículo 5 de la Ley 14/1994, que incluye los datos de masa salarial, es infracción grave (artículo 18.2.b LISOS). La falsedad documental u ocultación en la información facilitada a la autoridad laboral es infracción muy grave (artículo 18.3.d LISOS).
Ya tienes la garantía en el mismo trimestre
La acreditación de la garantía financiera actualizada vence en el mismo plazo (artículo 8.3). Si ya registras la garantía, añade la declaración de masa salarial como un registro aparte con la misma fecha para que cada trámite tenga su propio responsable.
Cómo hacer el seguimiento con ExpirySuite
- Crea un registro por empresa con fecha 31 de marzo, final de los tres primeros meses del año.
- Los recordatorios llegan por correo 60, 30, 14, 7 y 1 día antes y el mismo día. Así hay tiempo para cerrar las cifras de nómina del año anterior.
- Quien tramite la declaración puede subir el justificante mediante un enlace seguro que vale 14 días y no requiere cuenta.
- Asigna un responsable, por ejemplo la persona de administración laboral; los correos llegan en el idioma de cada destinatario. Si una fecha vence, los gestores reciben avisos adicionales 3, 7 y 14 días después.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se presenta la declaración de masa salarial de una ETT?
- Dentro de los tres primeros meses de cada año natural, con la masa salarial del año anterior (artículo 9.4 del RD 417/2015).
- ¿Qué conceptos no entran en la masa salarial?
- Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, las indemnizaciones por traslados, suspensiones y extinciones, los suplidos por gastos y las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador (artículo 9.1 y 9.2).
- ¿Para qué sirve el dato?
- La garantía financiera de los ejercicios siguientes se calcula sobre él (artículo 8.2 del Reglamento) y la ETT debe destinar el 1 por 100 de la masa salarial a la formación de los trabajadores cedidos (artículo 12.2 de la Ley 14/1994).
- ¿Qué pasa si no se presenta?
- No remitir esa información a la autoridad laboral es infracción grave (artículo 18.2.b LISOS).
Fuentes
- Real Decreto 417/2015, Reglamento de empresas de trabajo temporal: artículos 2, 3, 8 y 9 (BOE, texto consolidado)
- Ley 14/1994, de empresas de trabajo temporal: artículos 5 y 12 (BOE, texto consolidado)
- Real Decreto Legislativo 5/2000, Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS): artículo 18 (BOE, texto consolidado)
Última comprobación: 1 oct 2026 · Esta página resume fuentes oficiales con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Consulte las fuentes enlazadas para conocer las normas y tasas vigentes.
Hecho para declaración anual de masa salarial de la ETT
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Avisos a tiempo
Correos 60, 30, 14, 7 y 1 día antes de que venza cada declaración anual de masa salarial de la ETT, con escalada a responsables si está vencido.
Asigne un responsable
Asigne un responsable a cada declaración anual de masa salarial de la ETT y deje que los empleados lo actualicen con un enlace seguro — sin iniciar sesión.